Pedimos disculpas por este comentario tan extenso y seguramente, tan denso. Pero pensamos que la importancia del asunto tratado, explica el esfuerzo que hemos realizado al escribirlo y el esfuerzo de nuestros lectores a la hora de enfrentarse al mismo. En él encontrarán algunas claves que, normalmente, no se explican desde los medios de comunicación del Reino de España, cuando se habla de nuestro sistema fiscal vasco

Este mediodia nos hemos encontrado que el diario portugués Público publica un artículo que, firmado por el periodista Nuno Ribeiro y bajo el título Desigualdades sociais são o reverso da medalha da descentralização espanhola, se dedica a convertir en verdad indiscutible algunas valoraciones muy discutibles, e, incluso, algunas incorrecciones básicas.

Curiosamente, esas incorrecciones básicas están relacionadas con una de las bases del sistema de gobierno específico de los vascos peninsulares: nuestro sistema de Concierto económico. Unos errores que o bien descalifican al autor del artículo por su incapacidad de constrastar las fuentes y dar acceso a sus lectores a datos básicos fiables, o bien le descalifican al reflejar un claro intento de manipular la información, con el objetivo de que el lector saque unas conclusiones afines a la tesis que guían la información. Una tesis que, curiosamente, coincide plenamente con las que defiende un partido minoritario, ultranacionalista español y centralizador, como es UPyD.

La gran incorrección que recoge el artículo tiene que ver con el sistema de cálculo del Cupo que, cada año, paga la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) y la Comunidad Foral de Navarra (CFN) a las arcas del Gobierno del Reino de España. Este Cupo se calcula en función de las partidas que  los Presupuestos Generales del Estado dedican a aquellas competencias que no han sido asumidas por la CAPV o la CFN. Pero, ¿Cuáles son esas cargas no asumidas?. para saberlo nos dirigimos a la Ley Quinquenal de Cupo 2007-2011  de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco. En ella se define estas cargas no asumidas de la siguiente forma:

Artículo 4. Cargas del Estado no asumidas por la Comunidad Autónoma.
Uno.    Se consideran cargas del Estado no asumidas por la Comunidad Autónoma las que correspondan a competencias cuyo ejercicio no haya sido asumido efectivamente por aquélla.
Dos. Para la determinación del importe total de dichas cargas se deducirá del total de gastos del presupuesto del Estado, la asignación presupuestaria íntegra que, a nivel estatal, corresponda a las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma, desde la fecha de efectividad de la transferencia fijada en los correspon- dientes Reales Decretos.
Tres.    Entre otras, tendrán el carácter de cargas no asumidas por la Comunidad Autónoma las siguientes:

a)  Las cantidades asignadas en los Presupuestos Generales del Estado a los Fondos de Compensación Interterritorial.
b)  Las transferencias o subvenciones que haga el Estado a favor de entes públicos en la medida en que las competencias desempeñadas por los mismos no estén asumidas por la Comunidad Autónoma del País Vasco.
c) Los intereses y cuotas de amortización de las deudas del Estado.

Cuatro.    La imputación a losTerritorios Históricos de la parte correspondiente por cargas no asumidas se efectuará por aplicación del índice de imputación al que se refiere el artículo 7 siguiente.

En el texto de la ley queda claro que una de las cantidades que siempre cuentan para el cálculo del Cupo, son las que el Estado destina a los Fondos de Compensación Interterritorial.

Entonces ¿Por qué el artículo del diario portugués Público asegura lo contrario?:

À margem ficam as contribuições das províncias mais ricas bascas e navarras ao Fundo de Compensação Territorial, um instrumento de solidariedade inter-regional de Espanha. Estas excepções permitem às “deputações” um enorme campo de manobra financeiro e a instituição de uma panóplia de incentivos à actividade empresarial, que não existem noutras comunidades vizinhas.

En realidad, los únicos sudbitos del Reino de España que saben con precisión cuánto aportan a ese fondo son los ciudadanos vascos peninsulares (el 6,24% los que viven el la CAPV y el 1,6% los de la CFN). Afirmar que los Territorios forales quedan exentos de participar en una partida tan significativa (economica y simblicamente) como son los Fondos de Compensación Interterritorial, sólo puede significar un intento de desprestigiar el sistema de Concierto/Convenio. Utilizando, para ello, una mentira.

Por otro lado, en el artículo se define este sistema como un sistema de descentralizacion. No entamos en si esa definición es válida, o no, para el resto de la Comunidades Autónomas. Lo que sí afirmamos es que en el caso de la CAPV y de Navarra, no se trata de una descentralizacion. Se trata de nuestra forma de gobernarnos. Se trata de los residuos de la soberanía que nos fue arrebatada por la fuerza de las armas a lo largo del siglo XIX. Incluso la Constitución española en su Disposición Adicional Primera afirma lo siguiente:

La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales.
La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía.

Es decir, la propia Constitución española, la norma básica de la que emanan todas las demás, reconoce la existencia de unos Derechos históricos propios de los vascos y previos a ella. Y al reconocerlos, los respeta y ampara. Nuestras formas de gobierno no nacen de la Constitución española, nacen de nuestros Derechos históricos. Es cierto que la Constitucion de 1978 limita los mismos al marco constitucional. Pero eso no significa que esos Derechos históricos desaparezcan, porque como bien dice el Estatuto de Autonomía de la CAPV en su Disposición adicional:

La aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica renuncia del Pueblo Vasco a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establezca el ordenamiento jurídico.

En los aspectos fiscales, en el Reino de España no existe un sistema tributario, existen cinco. Uno, el que se aplica en el Territorio de Régimen Común, que es el que se aprueba en el Parlamento español, otro para la CFN, que es aprobado por el Parlamento de Navarra, y uno para cada uno de los tres Territorios históricos que conforman la CAPV. Esto es así, es tan indiscutible y evidente que hay una ley, la de Concierto Económico, que  se encarga del ordenamiento de las relaciones de índole financiera y tributaria entre el Estado y el País Vasco y que afirma en su exposición de motivos:

…En cumplimiento del mandato constitucional referido, el Estatuto de Autonomía para el País Vasco aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, establece el principio esencial en esta materia, conforme al cual las instituciones competentes de los territorios históricos del País Vasco pueden mantener, establecer y regular su propio sistema tributario.

Esta ley, además, tiene un sistema excepcional de aprobación en el Parlamento español. ya que se realiza una votación en la que se aprueba o rechaza el proyecto de ley presentado por el Gobierno español, pero no se puede modificar. No hay opción para presentar o aprobar enmiendas. Por lo tanto este proyecto de ley, que recoge los acuerdos alcanzados entre el Gobierno del Reino de España y las Instituciones de la CAPV, se presenta al refrendo, o no, del Parlamento español exactamente igual que un tratado internacional. Llamar a eso descentralización, es no saber de que se habla.

Decir que Franco castigó a Gipuzkoa y a Bizkaia quitándoles el Concierto y que premió a Araba y Navarra permitiendo que los conservaran. Es una afirmación maniquea. Es cierto que castigó a bizkainos y gipuzkoanos arrebatándoles lo que era suyo, pero no se puede decir que a alaveses y navarros les premirará dejandoles conservar lo que les pertenecia. Franco sólo castigo, no premió. Por cierto, lo que tenemos ahora no son los Fueros, que son nuestras leyes y nuestra forma propia de gobierno, sino residuos de esa soberanía. Y sí, provienen de la Edad Media, aproximadamente de la misma época de la que proviene la soberanía de Portugal. ¿Será que la soberanía de Portugal vale menos porque proviene del medievo?

Los vascos peninsulares somos mayores de edad. No necesitamos que nadie nos rescate, ni nos tutele. Con el dinero que recaudamos, atendemos a nuestras necesidades, apoyamos el desarrollo económico de nuestra sociedad y hacemos frente a nuestras obligaciones económicas con el Reino de España, y con Europa (además de realizar una muy importante labor de  solidaridad internacional). Por cierto unas obligaciones con el Reino de España que no dependen de nuestra capacidad económica, sino que dependen de los Presupuestos Generales del Estado. Si nuestros gobernantes perdieran la cabeza y no recaudasen ni un euro de impuestos, eso no nos libraría de hacer frente al pago del Cupo. Es decir, con el sistema de Concierto Económico asumimos una resposabilidad unilateral.

La pregunta que se deben hacer los periodistas que lo analizan, es ¿Cómo es posible que con impuestos mas bajos para las rentas mas bajas y más altos para las rentas más altas y con um impuesto sobre sociedades menor, (todo ello en relación con los existentes en el Reino de España),  los vascos peninsulares son capaces de hacer frente a sus necesidades, a sus compromisos con el Estado y además alimentar la envidia de las Comunidades limítrofes?. ¿Será que hay menos fraude fiscal, mayor control y una mejor gestión? Igual ahí esta el problema.

Para acabar, decir que sí, que claro que hay diferencias entre los servicios que ofrecen las CC.AA del Reino de España, al igual que hay diferencias entre los servicios que prestan los Landers en Alemania, o al igual que hay diferencias entre los servicios que prestan los municipios portugueses. Es una consecuencia inevitable del principio del acercamiento de las decisiones a los ciudadanos. Los representantes de cada C.A. deciden a qué quieren dedicar sus presupuestos. Si lo hacen bien o mal, es responsabilidad de ellos y de los ciudadanos que los eligen.

Esta mediodía, hemos incluido un comentario en el diario portugués Público, explicando que su artículo está equivocado en sus afirmaciones sobre el sistema de Cupo. Curiosamente, no lo han recogido. Sí hay comentarios muy interesantes, entre el que nos ha llamado la atención el que les recuerda que no hay ninguna relacion entre la foto que acompaña el artículo y la información que recoge éste.

 

Público -18/5/2011 – Portugal

Desigualdades sociais são o reverso da medalha da descentralização espanhola

 

No sabemos la relación existente entra la fotos de los jovenes manisfestándose y el contenido del artículo, pero es la que el diario Público ha escogido. Ello sabrán, (Foto: Susana Vera/Reuters)

 

O aprofundamento do desenho autonómico espanhol tem um reverso. Em fiscalidade, políticas de saúde e educação, existem claras diferenças entre os cidadãos consoante a comunidade onde residem. É o outro lado de um sistema que permitiu o desenvolvimento regional, combateu históricas assimetrias mas acabou por consagrar novas diferenças e suscitar reparos.

(Sigue) (Traducción automática)

Last Updated on Ene 3, 2012 by About Basque Country


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